
El pasado 23 de julio, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley 2/2026, de 29 de julio, que modifica el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Esta norma, conocida como «Ley Pasarela», regula las mutualidades alternativas en sus disposiciones adicionales 18.ª y 19.ª y fue publicada en el BOE el 31 de julio de 2026, entrando en vigor al día siguiente.
Sin embargo, consideramos que la ley ha nacido incompleta, ya que excluye a los mutualistas o exmutualistas que actualmente perciben una pensión, bien sea de su mutualidad o de la Seguridad Social. Si bien su aprobación representa un gran logro, este no es el final de nuestras reivindicaciones. Se trata del punto de partida para exigir, mediante una nueva ley o decreto ley, que todos los pasivos —reciban o no pensión, y con independencia de que esta sea vitalicia o temporal— tengan pleno derecho a una pensión de la Seguridad Social.
